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El incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido popularmente como plusvalía municipal, es uno de los impuestos que más dudas genera tanto en compradores como en vendedores de inmuebles. Su aplicación está vinculada a la transmisión de propiedades urbanas y puede afectar a operadores de compraventa, herencias o donaciones, influyendo directamente en el coste final de la transacción. Comprender cómo funciona este impuesto, quién está obligado a pagarlo y en qué casos existen exenciones es fundamental, especialmente para quienes desean desarrollar una trayectoria en el ámbito inmobiliario. ¿Vamos allá?

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¿Qué es el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana?

El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana es un tributo municipal que grava el aumento del valor que experimenta un terreno urbano desde el momento en que se adquiere hasta que se transmite. Es gestionado por los ayuntamientos y se aplica únicamente al valor del suelo, no al de la construcción.

Este impuesto se genera cuando se produce una transmisión del inmueble, ya sea por venta, herencia, donación u otro acto jurídico. Su finalidad es que la administración local participe en el beneficio económico derivado de la revalorización del suelo urbano a lo largo del tiempo, independientemente de las mejoras realizadas por el propietario.

¿Quién paga el incremento del valor de los terrenos?

La persona obligada a pagar la plusvalía municipal depende del tipo de transmisión que se realice. En el caso de una compraventa, el sujeto pasivo suele ser el vendedor del inmueble, ya que es quien obtiene el beneficio derivado del incremento de valor del terreno desde su adquisición.

Cuando la transmisión se produce por herencia o donación, la obligación del pago recae generalmente sobre el heredero o el beneficiario que recibe el inmueble. En estos supuestos, el impuesto se devenga en el momento en que se adquiere la propiedad, aunque los plazos y condiciones pueden variar según la normativa municipal.

No obstante, en determinadas operaciones puede pactarse contractualmente quién asume el pago, especialmente en compraventas. Aun así, desde el punto de vista legal, el ayuntamiento exigirá el impuesto a la persona que figure como sujeto pasivo según la normativa vigente, independientemente de los acuerdos privados alcanzados entre las partes.

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¿Cuánto aumenta el valor de un terreno?

El aumento del valor de un terreno urbano no es una cifra fija ni uniforme, ya que depende de múltiples factores. Entre los más relevantes se encuentran la ubicación del inmueble, la evolución del mercado inmobiliario, el desarrollo urbanístico de la zona y el tiempo transcurrido entre la adquisición y la transmisión.

Para calcular la plusvalía municipal, los ayuntamientos aplican unos coeficientes sobre el valor catastral del suelo, teniendo en cuenta los años de tenencia del inmueble. Estos coeficientes están regulados legalmente y pueden variar en función del periodo durante el cual el propietario ha mantenido la propiedad.

Además, el contribuyente puede optar, en muchos casos, por demostrar el incremento real del valor del terreno comparando el precio de adquisición y el de transmisión. Este sistema permite ajustar el impuesto a la ganancia efectiva obtenida y evita que se tribute cuando no ha existido una revalorización real, algo especialmente relevante en contextos de crisis inmobiliaria.

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¿Quién está exento de pagar la plusvalía en una herencia?

Existen determinados supuestos en los que es posible estar exento de pagar la plusvalía municipal en una herencia. Uno de los casos más relevantes es cuando se demuestra que no ha existido un incremento real del valor del terreno desde la adquisición hasta la transmisión por causa de fallecimiento.

Asimismo, algunas transmisiones pueden beneficiarse de bonificaciones o exenciones establecidas por los ayuntamientos, especialmente cuando se trata de herencias entre familiares directos, como cónyuges, hijos o ascendentes. Estas bonificaciones no son automáticas y dependen de la normativa municipal aplicable en cada localidad.

También pueden existir exenciones en situaciones específicas, como transmisiones derivadas de procedimientos de dación en pago o ejecuciones hipotecarias en determinados contextos. Por ello, es fundamental analizar cada caso concreto y conocer la normativa local para determinar si procede el pago del impuesto o si se puede solicitar una exención o reducción.

¿Qué ocurre si el vendedor no paga la plusvalía?

Cuando el vendedor no paga la plusvalía municipal dentro del plazo establecido, el ayuntamiento puede iniciar un procedimiento de reclamación. Este puede implicar la aplicación de recargos, intereses de demora e incluso sanciones económicas que incrementan considerablemente la deuda inicial.

En algunas operaciones inmobiliarias, especialmente en compraventas, esta situación puede generar conflictos entre las partes si no se ha definido claramente quién asume la responsabilidad del pago. Aunque legalmente el obligado sea el vendedor, el impago puede afectar indirectamente al comprador si el ayuntamiento decide actuar sobre el inmueble.

Por este motivo, es habitual que en las operaciones inmobiliarias se exija la acreditación del pago de la plusvalía o se retenga una parte del precio de venta hasta que el impuesto quede debidamente liquidado. Contar con asesoramiento profesional especializado es clave para prevenir problemas legales y garantizar la seguridad del transacción.

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